lunes, 6 de diciembre de 2010

Toda ayuda es poca

Hasta ahora os conté lo que pone la administración penitenciaria. Pero hay otras administraciones que también colaboran por medio de convenios. Estos convenios pueden sobre cualquier cosa. Tanto pueden financiar algunos cursos completos como financiar algún material necesario para una actividad concreta.  Esta colaboración interadministrativa  tanto la pueden realizar las diputaciones, como los ayuntamientos circundantes, e incluso las administraciones educativas.
También es muy importante el trabajo de fundaciones, y asociaciones que de manera altruista se sumergen con toda su buena voluntad a ayudara a estas personas.                                                                              
Para poder hacer esto, estas personas han de tener la aprobación de la dirección del centro y la aprobación del Centro Directivo de Madrid. Esta gente pone su tiempo y su buena voluntad pero han de cumplir las normas generales del centro y si se sobrepasan  pueden llegar a tener consecuencias penales .hay que conseguir un equilibrio entre el régimen interno y la consecución de los objetivos marcados al inicio de la actividad.
Este tipo de colaboración puede acarrear malentendidos porque las personas que la realizan son ajenas a la institución y puede que no entiendan las normas internas , llegando  actuar como si el funcionariado encargado de la seguridad fuera la mala persona y el interno , que está ahí por mandato judicial, fuera la víctima.
Mi opinión al respecto es que son unas  muy buenas personas, pero no deben de perder la perspectiva  de donde se encuentran y ante todo colaborar con los funcionarios de la institución.


lunes, 29 de noviembre de 2010

Un pequeño complemento

Os dejo este  pequeño video de ejemplo de la dinamica de  un curso

video sobre curso de jardineria en un centro penitenciario

Otras formas de aprender

En la entrada anterior os comenté las enseñanzas regladas que es obligatorio ofertar en las instituciones penitenciarias. Ahora os hablare de ese otro tipo de formación  que es la Formación para el empleo a través de cursos  formativos. Estos cursos, en mi opinión, quizás sea lo que más les puede ayudar a una real reinserción porque tanto les valen para aprender un oficio como,si ya trabajaban en el ramo, les sirve para no quedar desfasados y no perder “las  mañas”.
Este tipo de formación es gestionada por un órgano centralizado que es el Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo (OATP y FE). Este órgano es  el que distribuye las dotaciones económicas y de maquinaria. Las actividades son cofinanciadas  por el Fondo Social Europeo o el INEM.
Estos cursos  son impartidos por profesionales externos a la institución penitenciaria porque han de ser expertos en la materia a impartir imaginaros: cantería, pintura, carpintería, soldadura, manipulador de alimentos, carretillero…
La duración de cada curso depende de la homologación estatal pues son cursos de iguales en contenidos y exigencias a los que se dan en libertad y  por supuesto con la misma validez.
Los cursos se ofertan a todos los internos, ellos mismos piden ser admitidos y a partir de las peticiones el órgano de la prisión  admite o descarta en función de las características individuales de cada interno, del número máximo de alumnos que tenga cada curso
Con estos cursos se pretenden dos cosas:                                                                                                 En primer lugar que aprendan un oficio con el que valerse una vez fuera. Y en segundo que adquieran hábitos de horario y de trabajo, que una mayoría de ellos no los han tenido es su vida.
Os dejo el enlace de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias por si le queréis echar un ojo a la versión oficial de lo que os estoy contando.
Hasta pronto

lunes, 22 de noviembre de 2010

Vuelta al cole o primera vez

En  la prisión hay la oportunidad de poder estudiar si estudiar pero ¿Lo qué?
Hay distintas formatos de formación. Primero y en el que me centro en esta entrada es la educación reglada a cargo de la administración penitenciaria. También hay formación para el empleo y  estudios a través de instituciones externas como puede ser la UNED.
En prisión se tienen que impartir por mandato legal la educación obligatoria, en el caso actual la primaria y la ESO. Reciente mente en las prisiones gallegas (no estoy enterado si en el resto de España existe algo similar) se llego a un acuerdo con la Xunta de Galicia para la impartición del bachillerato.
¿Esto es lo que  se imparte pero como se hace?
Al ingresar en prisión se recopila mediante entrevista los estudios  de cada persona (si, te pueden mentir)  a la hora de elaborar  el programa de tratamiento según sus carencias se puede recomendar la escuela como  actividad prioritaria. Atención  NO SE PUEDE OBLIGAR A NADIE  A ASISTIR  A LA ESCUELA lo hacen si quieren, al fin y al cabo en España solo se puede obligar a estudiar  a los menores de 16 años y en prisión son todos mayores de 18.
Después los profes  evalúan adecuadamente el nivel exacto para incluirlos en el curso adecuado y a empezar. No os imaginéis que las notas se regalan o se le dan facilidades. La asistencia,  una vez comprometido a asistir, es obligatoria y si faltas te expulsan. Se  da una oportunidad pero no se permite que jueguen.
El personal que imparte las clases es exactamente igual al de institutos pues dependen y son regulados por educación.
En el caso de extranjeros  que tienen  estudios, si  se puede, se convalidad  y si no se puede y quieren estudiar tienen que empezar de 0 aprobando  nivel a nivel.

lunes, 25 de octubre de 2010

El porqué de las cosas


En primer lugar gracias por dedicarme unos minutillos de vuestro tiempo.
 “¿Porqué se malgasta tanto tiempo y dinero con los delincuentes”? es una pregunta que yo mismo, no hace muchos años, me planteaba sin miramientos e incluso con indignación, no podía entender  que una persona a la que un juez impuso una condena, a la vez que está ahí encerrado tenga la opción de formarse y salir mejor de lo que entro “no se lo merecen” "que páguen y se ..." .
Seguro que muchos compartís  este razonamiento así que voy a intentar que poco a poco se vea desde otro punto de vista y despues que cada uno aporte su opinón.

En primer lugar  el fin de las  penas de privación de libertad y medidas de seguridad deben estar orientadas a la reeducación y la inserción social  (art 25.2 de la constitución  española). En este mismo art también se dice que mientras están en prisión siguen formando parte de la sociedad, por lo que no podemos excluirlos por estar dentro,ni marginarlos porque han estado.
En segundo lugar no se debe  ver los centros penitenciarios únicamente como lugares  donde solamente se cumple una condena porque también son unos centros de educación, hospitales, psiquiátricos, geriátricos , centros de ayuda a la drogadicción  donde trabajan una gran cantidad de profesionales ( psicólogos, educadores, médicos, profesores, trabajadores sociales,  ONG …) con el fin de completar las carencias de los internos.
¿Con que fin? , si tú a una persona que ha cometido un delito, ha sido condenada, cumplió su condena y sale en las mismas condiciones en las que entro (sin trabajo, sin estudios, sin medio de vida)   ¿qué es lo primero que va a hacer en cuento salga? Yo os lo diré  DELINQUIR DE NUEVO PARA PORQUE NO SABE HACER OTRA COSA . En este caso no debemos poner toda la carne en el asador para que esto no ocurra y que todos tengan su segunda oportunidad.